VII. Régimen financiero 

Artículo 14 – Régimen financiero –
  1. Los gastos originados por el funcionamiento de EURORAI se sufragarán:

    1. mediante las cuotas de los miembros y miembros asociados, según lo dispuesto en el artículo 8. La cuota de los miembros deberá ser abonada antes del 30 de junio de cada año natural.

    2. por las subvenciones, donaciones o cualquier otro tipo de aportación de personas físicas o jurídicas, regionales, nacionales o internacionales.

    3. con el producto de la venta de publicaciones y otras actividades de EURORAI.

    4. mediante aquellos otros ingresos que autorice el Comité Directivo.

  2. La institución de control externo del sector público de la región donde radique la sede de EURORAI proporcionará y sufragará el personal y los locales necesarios para el funcionamiento de la Secretaría General.

  3. El presupuesto de EURORAI cubrirá los gastos de orden lingüístico.

  4. Los dos auditores de cuentas de EURORAI serán elegidos entre los miembros de la Organización por la Asamblea General.

¡Nuevo! Los preparativos de la próxima actividad de EURORAI, un seminario sobre la lucha contra el fraude y la corrupción que tendrá lugar en Burdeos los próximos días 7 y 8 de junio de 2012, se encuentran ya en fase muy avanzada y, por este motivo, la Secretaría General de EURORAI ruega a todos los interesados en asistir a este evento que antes del próximo 18 de mayo de 2012 realicen su correspondiente inscripción y que antes del próximo 11 de mayo de 2012 procedan también a su reserva de hotel.